Esta guía aplica al territorio común de España. Para País Vasco (TicketBAI), Navarra, Canarias (IGIC) y Ceuta/Melilla (IPSI), véase regímenes regionales.
Si emites facturas como autónomo y usas cualquier programa para hacerlo —Excel, una aplicación web, software descargado—, tienes hasta el 1 de julio de 2027 para adaptarte a VeriFactu. No hacerlo te expone a multas de hasta 50.000 € al año. Esta guía te explica exactamente qué es VeriFactu, si te afecta a ti (probablemente sí), qué tiene que hacer tu software, qué pasa si no cumples y cómo dar el paso sin complicaciones. Citamos cada afirmación con su Real Decreto correspondiente, porque cuando se habla de Hacienda las generalidades no sirven: necesitas saber de dónde viene la obligación y cuál es la fuente legal. Al terminar de leer tendrás clara tu situación, tu fecha límite y los siguientes pasos concretos.
Qué es VeriFactu — definición y origen
VeriFactu es el nombre informal del sistema que la Agencia Tributaria (AEAT) usa para verificar que las facturas emitidas en España son auténticas, completas e inalterables. Técnicamente, no es un programa: es un conjunto de reglas que tu software de facturación debe cumplir. La denominación oficial en los documentos de la AEAT aparece como VERI*FACTU (con asterisco) y forma parte del marco general de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) definido en el Real Decreto 1007/2023.
El objetivo es directo: hacer estructuralmente imposible la facturación falsa, los registros borrados a posteriori, la doble contabilidad. En el sistema antiguo, un autónomo podía emitir una factura, archivarla y, si convenía, modificarla o eliminarla más adelante sin dejar rastro. Con VeriFactu eso ya no es posible: cada factura queda encadenada criptográficamente a la anterior y, en modo VERI*FACTU, se envía a la AEAT en tiempo real. Si alguien intenta alterar una factura antigua, la cadena se rompe y AEAT lo detecta.
¿Qué significa SIF?
SIF son las siglas de Sistema Informático de Facturación. Cualquier programa que se use para emitir facturas en España —ya sea un software de facturación comercial, un módulo de un ERP, una hoja de Excel con macros, o código a medida— entra dentro del concepto de SIF según el Real Decreto 1007/2023. La normativa establece los requisitos técnicos y funcionales que ese SIF debe cumplir: integridad, trazabilidad, inalterabilidad, accesibilidad, legibilidad y conservación.
VeriFactu es uno de los dos modos en los que un SIF puede operar (lo veremos en detalle más adelante). El otro modo se conoce como "No-VeriFactu" o "SIF sin remisión". Cuando se habla en general de "cumplir con VeriFactu" se refiere a usar un SIF conforme con el RD 1007/2023, sea en uno u otro modo.
¿De dónde viene VeriFactu? El origen normativo
VeriFactu no apareció de un día para otro. Su origen es la legislación antifraude aprobada en 2021, que mandató al Gobierno desarrollar reglamentos para que los programas de facturación fueran a prueba de manipulación. El Real Decreto 1007/2023, publicado el 5 de diciembre de 2023, creó el marco de los SIF: qué tiene que hacer un programa de facturación para ser conforme. Un año más tarde, la Orden HAC/1177/2024 (17 de octubre de 2024) detalló las especificaciones técnicas: formato XML de los registros, cadena de hash SHA-256, firma electrónica, generación del código QR y comunicación SOAP con la AEAT.
Finalmente, el Real Decreto-ley 15/2025 (publicado el 2 de diciembre de 2025) fijó las fechas definitivas de obligación que aplican hoy: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos. Cualquier fecha anterior que veas mencionada en otras webs proviene de versiones derogadas de la normativa.
Quién está obligado a cumplir con VeriFactu
La respuesta corta es: si emites facturas en territorio común usando cualquier software, te afecta. Pero hay matices importantes —algunos colectivos quedan fuera de la obligación, y conocerlos puede ahorrarte tiempo y dudas.
Los obligados: autónomos y empresas que emiten facturas con software
Si te aplica alguna de estas tres condiciones, estás dentro del ámbito de VeriFactu:
- Eres autónomo dado de alta en el régimen general de IRPF (estimación directa) y emites facturas.
- Tienes una sociedad (S.L., S.A., cooperativa, fundación, etc.) que emite facturas.
- Usas algún tipo de software para crear esas facturas —ya sea un programa profesional, una hoja de cálculo, una app web o cualquier sistema informático.
En la práctica, prácticamente todos los autónomos en España entran en el ámbito de VeriFactu —son varios millones de profesionales y cientos de miles de pymes. Si emites una factura por mes desde un Excel, te afecta. Si la emites desde una aplicación web, te afecta. Si tu gestoría te las prepara desde su software, también: el software de la gestoría tiene que ser conforme.
Las excepciones: quién queda fuera de VeriFactu
Hay tres grupos exentos —pero ojo, "exento" significa "no obligado por VeriFactu", no necesariamente "no obligado a ningún sistema". Algunos están bajo regímenes regionales diferentes (recuerda el aviso de regímenes territoriales al inicio); otros están exentos por la propia normativa estatal:
1. Régimen de módulos (Estimación Objetiva) y recargo de equivalencia. Los autónomos en módulos suelen operar con tiques y declaraciones agrupadas más que con facturas en el sentido que VeriFactu regula; el régimen del recargo de equivalencia, aplicable a comerciantes minoristas, tiene también un tratamiento particular. En ambos casos, la situación concreta puede variar según la actividad y la forma en que se documentan las operaciones. Si estás en alguno de estos regímenes, confirma con tu gestoría si tu caso específico genera obligación VeriFactu o queda fuera —no asumas la respuesta sin verificarla.
2. SII — Suministro Inmediato de Información. Las empresas adscritas al SII están exentas de VeriFactu. ¿Por qué? Porque el SII ya envía a la AEAT información detallada de cada factura en un plazo de cuatro días. Si la AEAT ya recibe tus registros vía SII, no tiene sentido someterte a un segundo sistema de envío. El umbral de entrada al SII está en 6.010.121,04 € anuales de volumen de operaciones (entre otros criterios, como pertenecer a un grupo de IVA o estar inscrito en REDEME). Si eres autónomo y has llegado a leer esto, es prácticamente seguro que no estás en SII: tu facturación es muchísimo menor que ese umbral, y por lo tanto sí estás obligado a VeriFactu.
→ Para un análisis completo de tu situación, consulta nuestra guía detallada de quién está obligado a VeriFactu y cuándo.
Los plazos definitivos de VeriFactu: qué dice el Real Decreto-ley 15/2025
Las fechas de aplicación de VeriFactu han cambiado varias veces. Lo importante es que el Real Decreto-ley 15/2025, publicado el 2 de diciembre de 2025, fijó las fechas definitivas que aplican hoy. Si lees por ahí fechas anteriores —julio de 2025, enero de 2026, julio de 2026—, son fechas superadas: ya no aplican. Lo que está en vigor es esto:
El calendario que debes tener claro
| Fecha | A quién aplica | Fuente |
|---|---|---|
| 1 de enero de 2027 | Sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades (S.L., S.A., cooperativas, fundaciones, etc.) | RDL 15/2025 |
| 1 de julio de 2027 | Autónomos y demás obligados tributarios | RDL 15/2025 |
¿Por qué dos fechas distintas? El criterio del legislador fue que las sociedades disponen de más recursos administrativos y capacidad técnica para adaptarse, así que les da seis meses menos. Los autónomos —en su gran mayoría una persona sola con un único equipo— tienen seis meses extra para preparar el cambio.
Si eres autónomo, tu fecha es el 1 de julio de 2027. A partir de ese día, todas las facturas que emitas deben pasar por un SIF conforme con VeriFactu. No es una recomendación, es obligación: si emites una factura el 2 de julio de 2027 desde un software no conforme, esa factura ya genera incumplimiento.
¿Hubo fechas anteriores? Sí, pero ya no aplican
Sí, hubo varias fechas anteriores. La normativa ha tenido un recorrido tortuoso: prórrogas, decretos modificativos, ampliaciones. Lo único relevante para ti es que el RDL 15/2025 publicó las fechas definitivas el 2 de diciembre de 2025, dejando las anteriores sin efecto. No planifiques en base a las fechas viejas. Si en una web encuentras "VeriFactu obligatorio en enero de 2026" o "julio de 2026", esa página está desactualizada y conviene desconfiar del resto de su contenido.
Cómo funciona un Sistema Informático de Facturación (SIF) con VeriFactu
Esta es la parte técnica del artículo. La buena noticia: aunque la normativa parece intimidante, los conceptos esenciales se entienden bien sin necesidad de saber programar. Aquí te explicamos lo que sucede cada vez que tu software emite una factura bajo VeriFactu —y por qué ese mecanismo hace literalmente imposible la facturación falsa.
Los seis requisitos que debe cumplir tu software
El Real Decreto 1007/2023 establece que todo SIF debe garantizar seis propiedades. En lenguaje normativo suenan abstractas; en la práctica, esto es lo que significa cada una:
- Integridad — Una factura, una vez emitida y registrada, no puede modificarse. Si quieres corregir un error, tienes que emitir una factura rectificativa (R1–R5), no editar la original.
- Conservación — Tu software debe guardar los registros de facturación en condiciones que aseguren su preservación durante el plazo legal de prescripción tributaria y mercantil.
- Accesibilidad — La AEAT puede pedirte acceso a los registros y tu software debe poder facilitarlos. En modo VERI*FACTU, los registros ya están en la AEAT; en modo No-VeriFactu, deben poder enviarse a petición.
- Legibilidad — Los registros deben ser legibles tanto por humanos (auditores, gestores) como por máquinas (formato XML estructurado).
- Trazabilidad — Cada factura está enlazada a las anteriores mediante un mecanismo criptográfico. Esto es la cadena de hash, que explicamos a continuación.
- Inalterabilidad — Modificar o borrar un registro sin dejar rastro es imposible. La cadena de hash garantiza que cualquier alteración deja una huella detectable.
Estos seis requisitos provienen del articulado del RD 1007/2023, en particular del artículo 8 y de los desarrollos relacionados.
La cadena de hash: por qué no puedes modificar una factura aunque quieras
El mecanismo central de VeriFactu es la cadena de hash SHA-256. Si nunca has trabajado con criptografía, suena complicado. En realidad, la idea es muy simple.
Un hash es una "huella digital" matemática de cualquier contenido. Si introduces un texto en un algoritmo SHA-256, te devuelve una secuencia única de 64 caracteres (por ejemplo: e3b0c44298fc1c149afbf4c8996fb924…). Cambia un solo carácter del texto original y la huella entera cambia. Es imposible predecir o falsificar esa huella sin tener el contenido exacto.
Lo que hace VeriFactu es lo siguiente: cuando tu software emite la factura número 5, calcula la huella SHA-256 de su contenido y la incluye dentro de la factura número 6. La factura número 6, a su vez, genera su propia huella, que va dentro de la 7. La 7 dentro de la 8. Y así sucesivamente. Resultado: cada factura "contiene" criptográficamente el ADN de la anterior.
¿Qué pasa si quieres modificar la factura número 5 a posteriori para reducir su importe? Su huella cambia. Pero la factura número 6 lleva guardada la huella original, no la modificada: la cadena se rompe. Y si modificas también la 6 para que cuadre, la 7 detecta la inconsistencia. Para falsificar una factura antigua tendrías que recalcular y reemitir TODAS las facturas posteriores, manteniendo enviadas a la AEAT las versiones falsas en modo VERI*FACTU. Es matemáticamente imposible sin colaboración del receptor —y aun así, deja rastro.
Por eso VeriFactu hace estructuralmente imposible la facturación falsa: no es que sea difícil; es que rompería de forma evidente toda tu cadena de registros frente a la AEAT.
La especificación exacta de cómo se calcula y encadena el hash está en la Orden HAC/1177/2024. En VeriFacturas implementamos esta cadena exactamente según especificación, con un motor de encadenamiento auditado en código.
El QR y la leyenda VERI*FACTU: qué significan para ti y tu cliente
Una factura emitida en modo VERI*FACTU lleva siempre dos elementos visibles:
- Un código QR que enlaza directamente con la URL de verificación de la sede electrónica de la AEAT. Cualquiera —tu cliente, un inspector, tú mismo— puede escanearlo desde el móvil y comprobar que esa factura fue efectivamente registrada en la AEAT.
- La leyenda "VERI*FACTU" o, en formato extendido, "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT". Esta leyenda señala al receptor que la factura forma parte del sistema antifraude.
¿Qué significa esto en tu día a día? Si emites en modo VERI*FACTU, cada factura que entregues a un cliente lleva impreso ese QR y esa leyenda. Tu cliente puede verificarla en segundos. Es una garantía visible de que la factura está respaldada por el control fiscal —algo que, frente a clientes nuevos, refuerza tu profesionalidad.
Las especificaciones técnicas del QR (datos codificados, tamaño mínimo, posición en la factura) están en la Orden HAC/1177/2024.
Modo VeriFactu vs modo No-VeriFactu: ¿cuál elegir?
El RD 1007/2023 permite a tu SIF operar en uno de dos modos:
- Modo VERI*FACTU (con remisión). Cada factura se envía automáticamente a la AEAT en el momento de emitirla. Las facturas llevan QR y leyenda. La AEAT tiene en tiempo real el registro de toda tu facturación.
- Modo No-VeriFactu (sin remisión). Las facturas se guardan localmente con cadena de hash y firma electrónica, pero NO se envían a la AEAT automáticamente. Los registros deben estar disponibles si la AEAT te los solicita. Las facturas no llevan la leyenda VERI*FACTU.
¿Cuál elegir? Para la inmensa mayoría de autónomos, el modo VERI*FACTU es la opción más sensata. Razones: si AEAT te inspecciona, tus registros ya están allí; si pierdes el ordenador, los registros se conservan en AEAT; tu cliente ve la leyenda y el QR, lo que añade un sello de fiabilidad a tu trabajo. El modo No-VeriFactu suele ser elegido por empresas grandes que prefieren controlar el envío en lotes diarios o semanales, no por autónomos individuales.
Qué pasa si no cumples con VeriFactu: multas y consecuencias
Hablar de multas no es un argumento de venta —es información esencial. Si entiendes la sanción, entiendes también el incentivo: la normativa establece dos tramos de multa distintos, uno para ti como negocio y otro para el fabricante de tu software.
La multa para tu negocio: hasta 50.000 € por año
Si después del 1 de julio de 2027 emites facturas usando un software que no cumple con los requisitos del RD 1007/2023, te expones a una sanción de hasta 50.000 € por año y por sujeto obligado. La frase clave es "hasta": es el máximo establecido por la normativa, no una multa fija. La cuantía concreta dependerá de las circunstancias de cada caso (gravedad, intencionalidad, reincidencia), pero el techo legal está fijado.
Lo que cuenta como "incumplimiento" incluye: usar un software que no encadena facturas con hash, no enviar registros a AEAT cuando estás en modo VERI*FACTU, emitir facturas sin QR cuando el modo lo exige, no poder facilitar los registros si la AEAT te los solicita. En resumen, cualquier desviación material del marco RD 1007/2023.
Para un autónomo medio, 50.000 € representa varios años de facturación neta. La consecuencia económica de no adaptarse a tiempo es desproporcionadamente alta frente al coste de simplemente cambiar de software a tiempo.
La multa para el fabricante de software: hasta 150.000 € por año
Esta es la parte que muchas guías omiten —y que importa más de lo que parece. El mismo RD 1007/2023 establece que los fabricantes y distribuidores de software que comercialicen sistemas no conformes se exponen a una sanción de hasta 150.000 € por año.
¿Por qué te importa a ti como autónomo? Porque tu proveedor de software también tiene piel en el juego. Una empresa que vende software de facturación tiene un fortísimo incentivo económico para mantenerse conforme: una sanción de 150.000 € puede llevarse por delante una empresa pequeña.
Esto te da una herramienta para evaluar proveedores. Un fabricante serio:
- Cita la normativa exacta (RD 1007/2023, Orden HAC/1177/2024).
- Explica qué versión de la especificación implementa.
- Documenta sus pruebas contra los entornos de la AEAT.
Un fabricante poco serio:
- Dice frases vacías sin citar la normativa específica.
- Afirma tener algún tipo de respaldo oficial de la AEAT —sellos, autorizaciones, reconocimientos formales— cuando ningún esquema de ese tipo existe en la normativa (lo vemos a continuación).
- Te promete compatibilidad sin precisión sobre qué partes de la especificación implementa.
→ Análisis completo de las sanciones: multas y sanciones de VeriFactu.
El mito del "sello oficial AEAT" — y por qué importa
Encontrarás software de facturación que se anuncia con afirmaciones del tipo avalado oficialmente por Hacienda u otras variantes que sugieren un respaldo formal de la Administración. Es importante que sepas que ningún esquema de ese tipo existe en la normativa española. La AEAT no concede sellos, no otorga visto bueno oficial ni emite reconocimientos formales sobre software de facturación de terceros. No existe un registro público al que un fabricante pueda inscribirse para obtener un distintivo oficial.
¿Qué existe entonces? Existe la Declaración Responsable: el fabricante declara, bajo su propia responsabilidad legal, que su software cumple con los requisitos. Es una autodeclaración, no un visto bueno externo. Y existen las pruebas contra los entornos de la AEAT (preproducción y producción), que son pruebas técnicas reales pero no constituyen un reconocimiento oficial de la AEAT sobre el producto.
Cuando un vendedor te promete cualquier forma de respaldo o reconocimiento oficial de la AEAT, o bien estás ante una imprecisión comercial, o bien ante una afirmación directamente falsa. En ambos casos, es una señal de aviso: si no cuida la precisión en lo más visible, ¿qué cuida en el código? La aproximación correcta es buscar fabricantes que: (a) citen la normativa específica que cumplen y (b) documenten sus pruebas contra el entorno de producción de la AEAT.
Cómo pasar a VeriFactu sin dolores de cabeza
Si has llegado hasta aquí, lo más probable es que estés pensando: "vale, esto me afecta. ¿Qué hago ahora?" La respuesta corta: tienes hasta el 1 de julio de 2027, pero conviene actuar con varios meses de margen. Adaptarse a VeriFactu no es complicado si eliges bien el software.
El checklist del autónomo: lo que tienes que hacer antes del 1 de julio de 2027
Un plan de acción razonable, ordenado por prioridad:
- Comprueba si tu software actual cumple con RD 1007/2023. Pregunta al fabricante explícitamente y exige que cite los artículos. Si no puede o no quiere, asume que no cumple.
- Si usas Excel, Word, PDFs hechos a mano o cualquier herramienta que no genere QR ni envíe registros a AEAT, ya tienes la respuesta: necesitas cambiar. Excel no es —y no va a ser— un SIF conforme.
- Elige tu nuevo software con margen. No esperes a junio de 2027 para migrar; hazlo antes de marzo de 2027 para tener tiempo de prueba, formación y soporte sin agobios.
- Sube tu certificado digital al software nuevo. La firma electrónica de cada factura usa tu certificado de persona física o de empresa.
- Emite una factura de prueba y verifica que llega correctamente a la AEAT (en modo VERI*FACTU). Si tu software te muestra el acuse de recibo de AEAT, vas bien.
- Habla con tu gestoría. Si llevas la facturación con un gestor, decidid de común acuerdo qué software usar —idealmente uno con modo gestoría para que ambos podáis trabajar sobre los mismos datos.
¿Puedo seguir usando mi software actual?
Depende del software. Hazle a tu proveedor estas tres preguntas:
- ¿Tu software cita explícitamente el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024? Si la respuesta es vaga ("cumplimos toda la normativa de facturación"), insiste.
- ¿Las facturas que emite llevan código QR y leyenda VERI*FACTU? Si no, no está en modo VERI*FACTU; o no es conforme, o estarías en modo No-VeriFactu (asegúrate de que esa elección es deliberada).
- ¿Envía los registros a la AEAT en tiempo real y conserva la cadena de hash? Pide ver un ejemplo del acuse de la AEAT.
Si las tres respuestas son claramente afirmativas y con citas normativas, puedes seguir. Si alguna es vaga o evasiva, cambia. Para cómo configurar VeriFactu paso a paso en un software nuevo, tenemos una guía dedicada.
La herramienta gratuita de la AEAT: ¿sirve para autónomos?
La AEAT ofrece una aplicación gratuita llamada "Aplicación Gratuita VERI*FACTU" en su sede electrónica. Es una opción real y vale la pena conocerla, aunque tiene limitaciones notables para un autónomo en activo:
- Permite emitir facturas básicas con el formato VeriFactu —QR, leyenda, envío a AEAT.
- No tiene catálogo de clientes ni de productos: cada factura se introduce manualmente.
- No tiene gestión de cobros, recordatorios ni vencimientos.
- No tiene multi-usuario ni acceso desde móvil.
- La personalización del PDF de la factura es muy básica.
Para un autónomo que emite cinco o más facturas al mes, la herramienta gratuita pronto se queda corta. Para uno que emite una factura cada dos meses, puede ser suficiente. Si quieres comparar tus opciones, consulta nuestra guía de mejores programas VeriFactu para autónomos o las opciones gratuitas reales de VeriFactu para autónomos.
VeriFactu vs factura electrónica B2B: una distinción que pocos explican bien
Una de las confusiones más comunes: "¿VeriFactu es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas?" No. Son dos regulaciones distintas, con orígenes, propósitos y plazos diferentes. Mezclarlas lleva a tomar decisiones equivocadas.
| Dimensión | VeriFactu | Factura electrónica obligatoria B2B |
|---|---|---|
| Marco normativo | RD 1007/2023 (línea antifraude) | Línea normativa B2B, pendiente de reglamento de desarrollo |
| Propósito | Trazabilidad e integridad del registro (anti-fraude) | Formato de intercambio entre empresas (anti-morosidad) |
| A quién afecta | Todos los que emiten facturas con software, en territorio común | Solo operaciones B2B (empresa-empresa); facturas con consumidor final no incluidas |
| Formato | XML + cadena de hash + QR + envío AEAT | Facturae u otro formato estructurado entre empresas |
| Plazo autónomo | 1 julio 2027 | Pendiente de reglamento de desarrollo |
En resumen: VeriFactu controla el registro de toda tu facturación frente a AEAT (cumplimiento fiscal). Factura electrónica B2B estandariza el formato de intercambio entre empresas (cumplimiento comercial). Las dos pueden coexistir —de hecho, tu software podrá emitir facturas electrónicas B2B que a su vez cumplan VeriFactu—, pero no son la misma obligación. Si una página web mezcla ambas o las trata como sinónimos, esa página no es de fiar.
→ Análisis a fondo: diferencia entre VeriFactu y factura electrónica B2B.
Por qué VeriFacturas es la opción para autónomos
A lo largo de esta guía has visto cuáles son las exigencias técnicas y legales que tu software de facturación tendrá que cumplir. VeriFacturas está diseñado exactamente alrededor de esas exigencias: no como una capa añadida a una herramienta genérica, sino como un sistema construido sobre el Real Decreto 1007/2023 desde el primer día.
Lo que hace VeriFacturas por ti (sin tecnicismos)
- Cadena de hash SHA-256 según especificación AEAT. Tus facturas son criptográficamente inalterables, en línea con el artículo 8 del RD 1007/2023.
- Envío automático a la AEAT con reintentos. Si la AEAT está caída en el momento de emitir, tu factura se reenvía sola hasta confirmarse; nunca pierdes un registro por una caída puntual del servicio.
- QR verificable AEAT en cada factura. Tu cliente puede verificarla con el móvil en segundos.
- Todos los tipos de factura del Real Decreto 1619/2012: F1 (completa), F2 (simplificada), R1–R5 (rectificativas según los cinco supuestos legales).
- Validación de NIF y tipos de IVA (21%, 10%, 4%, 0%) antes del envío. Errores de formato detectados y corregidos antes de llegar a AEAT —no después.
- Probado contra el entorno de producción de la AEAT. Conexión real, acuses de recibo documentados. No preproducción, no promesas: producción real.
Precio y prueba gratuita
VeriFacturas para autónomos cuesta 9 €/mes, tarifa plana, sin coste por factura ni sorpresas en la factura mensual. Da igual si emites 5 facturas al mes o 500: el precio no cambia.
Puedes empezar con una prueba gratuita de 30 días, sin tarjeta de crédito. Subes tu certificado digital, emites tu primera factura de prueba y compruebas que llega a la AEAT antes de pagar nada. Si en 30 días decides que no es lo tuyo, no pagas nada y cierras la cuenta.
Sobre el código del motor: VeriFacturas está construido sobre un motor con licencia AGPLv3, con publicación pública del código prevista para Q1 2027. Esto significa que, cuando se libere el repositorio, cualquiera podrá auditar el código que procesa tus facturas —una garantía de transparencia que casi ninguna alternativa comercial ofrece.
Preguntas frecuentes sobre VeriFactu
¿Qué es exactamente VeriFactu y para qué sirve?
VeriFactu es el sistema regulado por el Real Decreto 1007/2023 que obliga a que toda factura emitida por un autónomo o empresa en territorio común quede registrada de forma inalterable y, en modo VERIFACTU, enviada a la AEAT en tiempo real. Su finalidad es estructural: hacer que la facturación falsa o manipulada sea técnicamente imposible. Para conseguirlo, cada factura se encadena criptográficamente a la anterior mediante un hash SHA-256, lleva firma electrónica y, en modo VERIFACTU, un código QR verificable. Existen dos modos operativos —VERI*FACTU (envío a AEAT en tiempo real) y No-VeriFactu (registro local con envío bajo demanda)—. Cualquier programa de facturación que uses en España debe ser un Sistema Informático de Facturación (SIF) conforme con esta normativa antes del 1 de julio de 2027 si eres autónomo, o del 1 de enero de 2027 si tienes sociedad.
¿Cuándo es obligatorio VeriFactu para los autónomos?
Para los autónomos y demás obligados tributarios, la fecha definitiva es el 1 de julio de 2027. La establece el Real Decreto-ley 15/2025, publicado el 2 de diciembre de 2025. Para las sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades (S.L., S.A., etc.), la fecha es el 1 de enero de 2027 —seis meses antes—. Estas son las fechas vigentes; cualquier referencia a obligaciones en 2025 o 2026 corresponde a versiones anteriores de la normativa que ya fueron derogadas. Si en algún sitio lees que VeriFactu es obligatorio en enero de 2026 o julio de 2026, esa información está desactualizada. La recomendación práctica es no esperar al último mes: idealmente, ten tu software adaptado a partir de marzo o abril de 2027 para tener tiempo de prueba sin presión.
¿Cuánto es la multa por no cumplir con VeriFactu?
La normativa establece dos tramos sancionadores distintos, ambos derivados del Real Decreto 1007/2023. Para los negocios que no usen un SIF conforme: hasta 50.000 € por año y por sujeto obligado. Para los fabricantes o distribuidores de software de facturación no conforme: hasta 150.000 € por año. Ambas cifras son máximos: la cuantía efectiva dependerá de la gravedad, intencionalidad y reincidencia del caso concreto, pero el techo legal está fijado. La existencia de un segundo tramo dirigido a los fabricantes es una característica importante de la normativa: significa que tu proveedor de software también está expuesto, lo que crea un incentivo económico real para que mantenga el cumplimiento. Cuando elijas software, prioriza fabricantes que citen explícitamente el RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024 —su responsabilidad legal está en juego.
¿VeriFactu y la factura electrónica son lo mismo?
No, son dos regulaciones distintas con orígenes y propósitos diferentes. VeriFactu se basa en el RD 1007/2023 y regula cómo se registran y conservan las facturas para prevenir el fraude fiscal; aplica a toda la facturación realizada con software, sea con empresa o con consumidor final. La factura electrónica obligatoria B2B procede de otra línea normativa (todavía pendiente de reglamento de desarrollo definitivo) y regula el formato de intercambio de facturas entre empresas para combatir la morosidad; solo aplica entre empresas, no en operaciones con consumidor. Pueden coexistir: tu software podrá emitir facturas electrónicas B2B que también cumplan VeriFactu. Pero son obligaciones independientes con plazos distintos. Una guía o vendedor que las trate como sinónimos está cometiendo un error que conviene tomar como señal de aviso sobre su rigor a la hora de informarte.
¿Cómo sé si mi software de facturación cumple con VeriFactu?
Hazle a tu proveedor estas tres preguntas directas: ¿citas explícitamente el Real Decreto 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024 en tu documentación? ¿Las facturas que emite tu software llevan código QR y leyenda VERI*FACTU? ¿Envías los registros a la AEAT en tiempo real y conservas la cadena de hash SHA-256 según especificación? Si las tres respuestas son afirmativas con citas concretas, vas bien. Si alguna es vaga, evasiva o pretende sustituirse por frases genéricas sin referencias normativas, desconfía: ningún esquema oficial de la AEAT otorga sellos a software de facturación —no hay registro público de reconocimientos formales—. Lo que sí existe son las pruebas del fabricante contra el entorno de producción de la AEAT. Exige documentación específica: artículos concretos del RD, ejemplos de acuses de recibo de AEAT, fecha de la última prueba de producción.
Conclusión
VeriFactu es obligatorio para autónomos a partir del 1 de julio de 2027, con multas de hasta 50.000 € al año por incumplimiento. La normativa de referencia es el Real Decreto 1007/2023 y su desarrollo técnico, la Orden HAC/1177/2024. Tu software debe garantizar integridad, trazabilidad e inalterabilidad mediante una cadena de hash SHA-256, con envío en tiempo real a AEAT y código QR verificable en cada factura.
La parte técnica la resuelve el software; la decisión que te corresponde a ti es elegir uno conforme antes del plazo. Descubre VeriFacturas para autónomos → —tarifa de 9 €/mes, sin coste por factura, con tu primera factura emitida el mismo día.